Whitepaper 01-
Pasos para registrar una marca en El Salvador
proceso a realizar para poder inscribir una marca, un emblema, nombre comercial o Expresión de Publicidad Comercial, pudiendo gestionarse ante el Registro por el propietario o bien por medio de abogado de la República, así:
1) Debemos realizar una búsqueda de anterioridad para asegurarnos que no ha sido inscrita antes por alguien más. Actualmente, la búsqueda de anterioridad tiene un costo de US$20.00.
2) Si en nuestra búsqueda de anterioridad no existe registro alguno, presentaremos una solicitud de registrocumpliendo los requisitos señalados en el Art. 10 de LMOSD, Anexando 2 copias de la solicitud y 15 facsímiles debidamente cortados en un sobre.
Dentro de 5 días hábiles podemos consultar al CNR por la solicitud presentada, pudiendo ocurrir tres situaciones:
a)Denegación: por incurrir en alguna de las prohibiciones de los Arts. 8 y 9 de LMOSD.
b)Prevención: el registrador hace observaciones por no cumplir alguno de los requisitos del Art. 10 de LMOSD.
c)Aceptación: se inicia el proceso de inscripción.
3) Dependiendo de la respuesta en el paso anterior, debemos hacer lo siguiente:
a) En caso de denegación: en un plazo de 4 meses debemos contestar la objeción. El Registrador podrá confirmar la denegación o decidir que la denegación no fue procedente y aceptar la solicitud antes negada.
b) En caso de prevenciones: en un plazo de 4 meses debemos presentar un escrito enmendando (subsanando) las observaciones realizadas. El Registrador podrá estimar que no han sido corregidas las observaciones y denegar la solicitud o, considerando subsanadas las prevenciones, aceptar la solicitud.
c) Aceptada la solicitud: se nos entrega el cartel original, al que sacaremos una copia que publicaremos en un diario de mayor circulación y el original lo publicaremos en el Diario Oficial, ambas por tres veces alternas.
4) Pasado 2 meses de nuestra primera publicación en el Diario Oficial, presentaremos un escrito al CNR en el que incluiremos las primeras publicaciones hechas en el diario de mayor circulación y en el Diario Oficial o copias de dichas publicaciones certificadas por notario. Pueden ocurrir dos escenarios:
a) Existir oposición por tercera persona: se suspenderán las diligencias de registro mientras se conoce el incidente de oposición.
b) Cumplido con los requisitos de ley, sin haber sido presentada oposición por ninguna persona o haberse resuelto a nuestro favor el incidente de oposición, se nos dará orden de registro, previo pago de los derechos de registro correspondientes.
5) Dentro de los 3 meses próximos presentaremos recibo de los derechos de registro por un valor de US$100.00 en caso de marcas y US$75.00 en el caso de nombre comercial y emblemas. Se nos entregará el auto de inscripción y el certificado de registro original, quedando de esta manera protegidos frente a terceros. La marca queda protegida por 10 años y deberá renovarse durante el último año de vigencia.