Solo el 30 % de las empresas carga con los nuevos impuestos

Por Jessica Guzman  19 junio, 2018

Recopilado de El Diario de Hoy

Un diagnóstico del Sistema Tributario de El Salvador realizado por Fusades señala que se debe reorientar la recaudación tributaria.

Solo el 30 % de las empresas carga con los nuevos impuestos

El sistema tributario salvadoreño ha incorporando en los últimos nueve años una serie de nuevos impuestos y contribuciones especiales que solo son asumidos solo por el 30 % del sector productivo formal, ya que el 70 % se encuentra en la informalidad.

Según señala el Diagnóstico del Sistema Tributario Salvadoreño de mayo 2018, realizado por la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) este es uno de los principales problemas de la recaudación fiscal en el país, ya que no se está trabajando para empujar a los negocios informales a la formalidad y así combatir esa evasión tributaria.

Por el contrario, lo que se ha hecho es percibir más ingresos cargando solo a ese 30 % de más impuestos y contribuciones especiales.

Según el diagnóstico, durante 2009-2016 se crearon 10 nuevos tributos y se gravaron 11 nuevos bienes, rentas o transacciones antes exentas. Además se han implementado aproximadamente 38 medidas para aumentar los ingresos por la vía de impuestos y otros cargos. Sin embargo la mayor recaudación sigue siendo el IVA y el Impuesto Sobre la Renta, que en 2017 sumaban el 82.6% de la recaudación total, con una participación de 42.3% el IVA y de 39.4% el ISR.

Según explica Fusades en su diagnóstico, muchos de esos nuevos impuestos no solo no aportan significativamente a los ingresos del Estado, sino que además bloquean la atracción de negocios en el sector formal y empujan a la informalidad.

“ No ha existido un plan integral para impulsar la recaudación a través de diferentes fuentes; se ha descansado cada vez en más impuestos, varios de ellos distorsionadores y otros con poco poder de recaudación; lo que ha conducido a un régimen tributario cada vez más complejo”, manifiesta el documento de Fusades.

Los nuevos impuestos

Fusades enumeró que entre 2009 y2016 se crearon impuestos ad valorem (según el valor) a los productos alcohólicos (2009), a la cerveza (2009), impuesto específico a las bebidas energizantes (2009), impuesto a la primera matrícula (2010), Fonat (2013), impuesto a las transacciones financieras (2014) y retención para el control de la liquidez (2014).

Para 2016, el número de impuestos ascendía a 25. El número total de tributos en 2017 hubiera sido de 27 si no se hubiera declarado inconstitucional el impuesto a las llamadas telefónicas y el Fonat.

Pero no solo se crearon nuevos impuestos, sino también nuevos productos fueron gravados con impuestos ya existentes: bebidas deportivas o fortificantes (ad valorem), jugos (ad valorem), alcohol etílico (específico), y productos derivados del tabaco (ad valorem y específico); y también se gravó cinco nuevas rentas y algunas transacciones que antes estaban exentas .

Adicionalmente e, tanto para las personas naturales como las personas jurídicas, varias rentas dejaron de ser exentas, y se trató de implementar en dos ocasiones el pago mínimo de renta, aunque estas medidas fueron declaradas inconstitucionales.

“Esto significa que se está cargando a la sociedad (consumidores, empresas y hogares) con más impuestos, agregando más complicaciones a las actividades económicas formales, y perjudicando el crecimiento económico, a cambio de muy pocos ingresos para el Estado”, señala el diagnóstico.

Recomendaciones

Un sistema tributario basado en imponer más impuestos no le está dando al país resultados para mejorar sus ingresos, señala Fusades.

“Se requiere que el sistema tributario se oriente de nuevo por los principios que son deseables que prevalezcan en él dando certidumbre, evaluando el costo beneficio de la recaudación, haciendo el sistema tributario menos complejo, que sea equitativo, y aumente la base tributaria, entre otros.

Además el diagnóstico establece que los ingresos generados deben ser utilizados de manera eficiente y transparente.

“Que los servicios públicos que se ofrezcan sean de alta calidad, que los programas sociales se focalicen los más pobres y que sea evaluado su impacto, que se realice la inversión pública que apoye el crecimiento; que se combata la corrupción, prevalezca la transparencia, rendición de cuentas de los funcionarios, y se castigue con rigor cualquier acto indebido y fuera de la ley”.

CSJ verá legalidad de contribuciones especiales

El impuesto denominado Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana y Convivencia, que fue aprobado en la Asamblea Legislativa en el 2015 y que obliga a los salvadoreños a pagar un 5% por uso de telefonía e internet, podría ser declarado inconstitucional.

La Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia admitió hace una semana cinco demandas de irregularidad a este tributo que fue aprobado como Ley.

De acuerdo con el máximo tribunal, esta resolución permitirá analizar la presunta vulneración al principio de equidad tributaria, ya que los demandantes indican que el tributo establecido en el artículo 1 inciso 1º de la Ley no es una contribución especial, sino un impuesto.

Se estudia además “la presunta vulneración al principio de unidad de caja de la Hacienda Pública, debido a que el artículo 11 de la ley establece que los fondos recaudados por el pago de la contribución especial se destinarán a financiar única y exclusivamente a la seguridad ciudadana y convivencia, y no a la necesidades y obligaciones generales del Estado”.

Este impuesto se carga al uso de las telecomunicaciones, el cual incluye servicios como la facturación de telefonía móvil postpago, la compra de nuevos aparatos telefónicos, tabletas electrónicas y otros aparatos además de tarjetas que contengan el módulo de identificación de abonado (SIM).

De acuerdo con las autoridades, los fondos son destinados a los programas en materia de Seguridad, pero no hay un dato concreto de en qué o cuáles programas se utiliza.

Recientemente la Sala declaró inconstitucional el decreto mediante el cual del impuesto del 0.25 % a las operaciones financieras de $1,000 en adelante.

La resolución manda que el 0.25% que se cobra a las transacciones financieras desde $1,000, ya sea por transferencias entre cuentas o pagos por cheque, se deje de cobrar a partir del 31 de diciembre de 2018.

Cuando se aprobó este decreto el Gobierno argumentó que se utilizaría para financiar gastos de salud y educación.

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