Asamblea cambia ley extinción de dominio con un voto de arena

Asamblea cambia Ley Extinción de Dominio con un voto de ARENA

La diputada tricolor Carolina Rodríguez votó a favor de que no haya incautación de bienes hasta que imputados sean vencidos en juicio.

Carolina Rodríguez, diputada de ARENA, sonríe mientras Karla Hernández le cuestiona su voto por la Ley de Extinción de Dominio. Foto/Jorge Reyes

Por Eugenia Velásquez

Jul 18, 2017- 22:37

Los 43 votos para reformar la Ley de Extinción de Dominio se lograron con dos votos del PCN: Reynaldo Cardoza y Francisco Merino. Estos diputados suelen acompañar al FMLN y a GANA en las votaciones, pero la sorpresa de la plenaria de ayer fue que el voto 43 para blindar los bienes de quienes son procesados bajo la Ley de Extinción de Dominio fue de la diputada de ARENA Carolina Rodríguez.

Aunque era algo que se veía venir desde hace semanas, el jefe de fracción tricolor, Alberto Romero, dijo contundentemente que ayer se concretó el “combo” entre el bloque: FMLN-GANA y dos diputados del PCN, pero ahora también acompañados de una legisladora de ARENA.

Curiosamente, con el voto de Rodríguez se superó la abstención del diputado naranja, Francisco Zablah, quien no votó por reformar la normativa. Se le pidió explicación del motivo, pero se rehusó a dar declaraciones.

Entre las reformas hechas ayer a la ley, se establece una que era casi como el punto de honor y por la cual pareciera que Cardoza terminó respaldándola. Se trata de la incautación de los bienes antes de que los inculpados sean vencidos en juicio.

Cardoza se quejó anteriormente de que cuando le incautaron sus bienes inmuebles para procesarlo por supuesto enriquecimiento ilícito, lo dejaron “en la vil calle”.

La Asamblea reformó el inciso segundo del artículo 15 de la siguiente forma: “En el caso de los bienes muebles de uso personal o bienes que generen ingresos para la manutención familiar, el manejo de la casa, la vivienda familiar o bienes inmuebles sujetos al régimen del bien de familia, éstos serán entregados en depósito al mismo interesado mientras dure el proceso”.

Y se agrega en el mismo ar-tículo que “estos bienes pasan a la administración del Conab hasta que se haya decretado y esté firme la extinción de dominio sobre los mismos”.

Para darle mayor énfasis a lo anterior, también modificaron el artículo 5 en su inciso segundo y tercero.

“El juez de la causa deberá razonar fehacientemente la existencia de los presupuestos a fin que proceda la extinción de dominio e individualizar y determinar el origen o destinación ilícita de los bienes”.

Esto, a raíz de que los diputados que avalaron ayer los cambios se quejaban que los bienes incautados por medio de la Ley de Extinción de Dominio, no siempre son obtenidos de forma ilícita.

Sólo en el caso de las “organizaciones terroristas, tales como maras o pandillas y crimen organizado se presumirá el incremento patrimonial no justificado para efecto de la extinción de dominio”.

Por reformas como la descrita, la Embajadora de los EE. UU., Jean Manes, pidió que le dieran mayor estudio, ya que, para ella, éstas no cumplen con los “estándares internacionales”. El fiscal Douglas Meléndez reclamó que favorecen al delincuente.

Pero los diputados que votaron a favor lo pasaron de largo y aprobaron hacer enmiendas a la ley como las citadas, y otras que, según argumentaron, riñen con los principios de inocencia contemplados en la Constitución.

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Entre ellos la prescripción del delito. Para poner un plazo a la investigación judicial, los diputados adicionaron el artículo 12-A, quedando redactado así: “La acción de extinción de dominio prescribirá en diez años, contados a partir de la adquisición o destinación ilícita de los bienes”.

En la normativa vigente que fue aprobada en 2013, no se contemplaba un periodo de prescripción, y este fue uno de los principales debates entre los diputados, antes de ser aprobada la reforma.

El FMLN era uno de los que abogaba por que los delitos no prescribieran, pero ayer tuvo que ceder, pues, según ARENA, fue el “canje” a cambio de los votos de GANA para subir ayer el techo del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP), del 45 % al 50 %.

Eso sí, se cuidaron de que delitos más graves como los cometidos bajo la “modalidad del crimen organizado, maras o asociaciones y organizaciones de naturaleza criminal, actos de terrorismo y delitos relacionados con drogas, el plazo de la prescripción será de treinta años, contados a partir de la adquisición o destinación ilícita de los bienes”.

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